¡Esto no es una Constitución!

.

Hace poco tuve el peor debate posible por WhatsApp a propósito del titular de varios diarios mexicanos que reportaban la frase presidencial: “Por encima de la Constitución está la autoridad moral del presidente” obviamente un enunciado provocador para que cientos de juristas se enardecieran desde temprano. Yo con mi acostumbrado animus chingandi le dije a uno de ellos ¿en realidad qué les molesta? Porque en este país hay muchas cosas “por encima de la Constitución”. Luego tuve que moderar un diplomado sobre argumentación jurídica en la Escuela Judicial Electoral y junto con los estudiantes discurrimos acerca de la posible “alegoría espacial” detrás de la frase -o mejor aún, encima de la frase-.

La primera cuestión por dilucidar es ¿cuál es la Constitución sobre la cual están las cosas que pudieran situarse por encima? Recordé el ejercicio “epistemológico” al que recurro en estos casos de emergencia, se trata de la traición de las imágenes, es una serie de cuadros del pintor surrealista belga René Magritte. Los cuadros se hicieron famosos por su inscripción, Ceci n’est pas une pipe, la cual en castellano significa: «Esto no es una pipa», luego la pregunta obligada ¿Por qué no es una pipa? Posteriormente las respuestas más exóticas, y finalmente el descubrimiento de algún estudiante avispado: “pues porque es una pintura”; entonces viene lo bueno: y si colocara en lugar de la pipa a la constitución mexicana ¿a qué conclusión podríamos llegar?

Debo confesar amable lector, que los rostros de sorpresa que aparecen en ese momento son increíbles, y es que sí el texto llamado constitución -objeto compuesto de papel y tinta o su representación gráfica a través de bites- no es la constitución ¿entonces qué lo es?

Exacto la Constitución es más que un libro, así que, si yo pongo encima del libro mi taza de café, literalmente estoy poniendo mi taza de café por encima de la constitución.

Superada esa explicación ramplona de la Constitución entonces sí podemos pasar a un análisis más interesante y necesario. No es este el espacio para desarrollar una teoría constitucional a partir de la irreductibilidad, pero entendamos por ahora que implica múltiples ejercicios hermenéuticos, prácticas sociales, ejercicios de participación ciudadana, consensos, acuerdos, principios, valores; que finalmente se representan en enunciados normativos también susceptibles de interpretración; es decir, un proceso dinámico y complejo. Al final del día la palabra “constitución” es sinónima de construcción.

¿Pueden existir interpretaciones y prácticas por encima de ese pacto? Por supuesto, en un sentido positivo pueden existir fenómenos constitucionalizables que hayan quedado fuera por causas diversas como invisibilización, marginación, falta de consenso, falta de oportunidad, falta de tiempo o falta presupuesto; pero también hay otras muchas cuestiones negativas como crimen organizado, abuso del poder, intereses de grupos; incluso existe un fenómeno complicado como lo es “el constitucionalismo abusivo” que utiliza los propios recursos constitucionales para infiltrar figuras perjudiciales en contra del bien común. Yo diría que muchos de los juristas que hoy se rasgan las vestiduras augurando el fin de los tiempos por esta im-posición sobre la constitución son los que muchas veces contribuyeron a su desgaste, a su abuso, a su manipulación.

Mientras no avancemos hacia un modelo constitucional colaborativo todo es retórica y posiblemente, todo esté por encima de la Constitución ¡Qué paradójico! 

Redes Sociales

Noticias recientes

Facebook

Revista

37
19